Consejo Jacobeo se creó en el año 1991 para facilitar la comunicación entre las instituciones públicas. El Consejo Jacobeo tiene por finalidad facilitar la comunicación entre la Administración General del Estado y la de las comunidades autónomas para colaborar en los programas y actuaciones que se prevean en relación con el Camino de Santiago y con la celebración de los años jacobeos.
Composición del Pleno
a) Presidente: El Ministro de Cultura.
b) Vicepresidente: El Consejero de Cultura y Turismo de la Junta de Galicia.
c) Vocales:
1.º El Secretario de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
2.º El Secretario de Estado de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
3.º El Secretario de Estado de Cooperación Territorial del Ministerio de Política Territorial.
4.º El Subsecretario del Ministerio de Cultura.
5.º El Subsecretario del Ministerio de Economía y Hacienda.
6.º El Subsecretario del Ministerio de Fomento.
7.º El Subsecretario del Ministerio de Educación.
8.º El Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
9.º Un representante con rango de Consejero de las comunidades autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Principado de Asturias, Cantabria, La Rioja, Aragón, Navarra y Castilla y León.
10.º El Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura.
d) Secretario: El Secretario General Técnico del Ministerio de Cultura.
Funciones del Pleno
a) Actuaciones para la delimitación, señalización, trazado y mantenimiento del Camino de Santiago en todos sus ramales históricos.
b) Actuaciones para la rehabilitación y conservación de los bienes vinculados al patrimonio histórico-cultural del Camino de Santiago.
c) Actividades para la promoción del Camino de Santiago y su difusión cultural y turística, nacional e internacional, con especial atención a las de asistencia al peregrino.
d) Actuaciones específicas en relación con la celebración de los años santos jacobeos.
e) Actuaciones para la mejora paisajística y medioambiental del entorno del Camino de Santiago.
Comisión Ejecutiva
a) Presidente: El Secretario General Técnico del Ministerio de Cultura.
b) Vocales: Un representante con rango de director general designado por cada uno de los vocales del Pleno.
c) Secretario: El Subdirector General de Cooperación Cultural con las comunidades autónomas del Ministerio de Cultura.
Funciones de la Comisión Ejecutiva
a) Impulsar la cooperación entre las diversas instituciones y comunidades autónomas para la realización de los trabajos necesarios que permitan al Pleno del Consejo Jacobeo el cumplimiento de sus funciones.
b) La aplicación y seguimiento de los acuerdos que se tomen en el Pleno del Consejo Jacobeo.
c) Concertar las actuaciones que desarrollen las distintas Administraciones en los campos de la protección, regulación y señalización del Camino.
d) Coordinar la información conjunta que se recabe sobre el estado de conservación del Camino de Santiago.
e) Impulsar la dinamización cultural del Camino, ofreciendo servicios y actividades especialmente dirigidos a los peregrinos o a aquellas personas que estén interesadas en conocer el Camino en profundidad.
f) Promover la realización de estudios detallados de los recursos públicos y privados invertidos en el Camino, los recursos humanos destinados a su gestión, y de su valoración como instrumento de desarrollo económico y de vertebración territorial.
g) Resolver las cuestiones de carácter urgente que exijan una decisión inmediata, de las que se dará información en el primer Pleno del Consejo Jacobeo que se celebre.
h) Cualquier otra función que el Pleno del Consejo Jacobeo le delegue.
Composición del Comité de cooperación en la gestión del bien Patrimonio Mundial
a) Presidente: El Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura.
b) Vocales: Un representante con rango de director general de las comunidades autónomas por cuyo territorio discurra el Camino de Santiago declarado Patrimonio Mundial, designado por el respectivo vocal del Pleno.
c) Secretario: El Subdirector General de Cooperación Cultural con las Comunidades Autónomas del Ministerio de Cultura.
Funciones del Comité de cooperación en la gestión del bien Patrimonio Mundial
a) Garantizar el desarrollo de la recíproca colaboración en la conservación, protección, gestión y difusión.
b) Informar al Pleno de sus actuaciones.
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