Los recursos y sitios del patrimonio cultural subacuático pueden contener, reflejar y conmemorar eventos y periodos arqueológicos e históricos que son significativos para la historia nacional y el patrimonio de México y de España, además de para la humanidad, y pueden representar elementos irremplazables del patrimonio e identidad del pueblo de ambos países.
México y España son dos estados con estrechos lazos históricos, culturales, científicos y políticos, que cuentan con un patrimonio histórico y cultural contenido, en parte, en buques hundidos de gran importancia histórica y arqueológica. Igualmente, ambos países, firmaron la Convención 2001 de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, que les compromete a garantizar la preservación del patrimonio cultural subacuático, su conocimiento e investigación.
El convenio ha sido rubricado por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, y el presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta), Rafael Tovar.
Actividades y modalidades de cooperación
Las diferentes actividades y modalidades de cooperación que contempla este nuevo marco de colaboración, incluyen los intercambios de información histórica, arqueológica y técnica, participación en seminarios, conferencias, cursos de capacitación y talleres, el préstamo de equipo y la disponibilidad de personal, especialistas, asesores y otros recursos para los programas y/o proyectos.
Este marco de cooperación contempla igualmente otros temas:
– Intercambiar y compartir información respecto a la localización ya realizada o a la localización potencial e identidad de recursos y sitios de patrimonio cultural subacuático de potencial interés arqueológico e histórico para cualquiera de los países firmantes;
– La cooperación en la investigación, examen arqueológico, prospección y otras actividades concernientes a los recursos culturales subacuáticos en consistencia con los estándares internacionales presentes en las Normas del Anexo de la Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático de 2001;
– Mantener comunicación eficaz respecto de las notificaciones que los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de España efectúen con base en el Artículo 9 y 10.3 de la Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático de 2001;
– Proporcionar información concerniente a cualquier perturbación no autorizada actual o potencial de los recursos y sitios de patrimonio cultural subacuático dentro de las áreas de responsabilidad de cualquiera de los signatarios en las cuales uno de los países firmantes pueda tener un interés arqueológico o histórico;
– Cooperar en la preparación y divulgación de informes, educación pública y otros materiales interpretativos y otras actividades de extensión para poner a la disponibilidad del público información benéfica desarrollada por programas y proyectos dentro del marco de este Memorándum.
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