Consejo-Ministros-Ley-CineDe manera transitoria, hasta 2018, se mantendrán las ayudas a la amortización hasta ahora vigentes -posteriores al estreno- y las nuevas -previas al mismo-.

También ha aprobado un suplemento de crédito extraordinario por valor de 16 millones de euros para abonar la amortización pendiente de 2014 y completar las necesidades presupuestarias de 2015 para estas ayudas al cine.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley por el cual se modifica el régimen de ayudas denominadas a la amortización en la producción de cine, presentes en la Ley del Cine de 2007, y se sustituyen por una nueva línea de ayudas anticipadas a la producción de largometrajes sobre proyecto, que convivirán con las tradicionales ayudas selectivas a proyectos.

Las nuevas ayudas permitirán la financiación progresiva de las producciones cinematográficas durante su desarrollo tal y como venía demandando el sector, frente a las ayudas a la amortización, que se convocan dos años después del estreno de la película, y que han demostrado ser un modelo insostenible en épocas de escasez presupuestaria. Este cambio permitirá disminuir los costes financieros de las películas en más de un 15%, y destinar la ayuda directamente a la producción.

El Real Decreto-Ley establece un periodo transitorio de tres años, para dar seguridad financiera al sector, en el que coincidirán las convocatorias de las ayudas nuevas y las anteriores, destinadas a la amortización. La primera convocatoria de estas ayudas automáticas a la producción de largometrajes sobre proyecto será en 2016.

El Consejo de Ministros ha aprobado también un suplemento de crédito extraordinario por valor de 16 millones de euros para abonar la amortización pendiente de 2014 y completar las necesidades presupuestarias de 2015 para estas ayudas al cine. El presupuesto del Fondo de Protección de la Cinematografía este año será de 52,5 millones de euros.

Ayudas de financiación progresiva

El régimen de la nueva línea de ayudas pretende adecuarse al ciclo de vida del proyecto de inversión cinematográfica, para mejorar la financiación de estas empresas y reducir sus costes financieros. En la convocatoria de las ayudas se determinará el porcentaje de pago que corresponderá a cada una de las fases de ejecución de la película, por ejemplo, ante la presentación del proyecto, el inicio del rodaje y la obtención de la calificación.

Las ayudas anticipadas se concederán de forma automática mediante la aplicación de criterios objetivos de valoración. Estos criterios así como la ponderación de los mismos, aspectos en los que ya se está trabajando, deberán concretarse en el Real Decreto y la Orden de desarrollo de esta Ley.

La determinación de estos criterios objetivos atenderá, entre otros aspectos, a la viabilidad económica y financiera del proyecto, a la difusión, distribución y plan de marketing, a la solvencia técnica del beneficiario, a la relevancia cultural española y europea, al carácter innovador del proyecto, así como al impacto socioeconómico de la inversión en España.

En la ponderación de criterios objetivos, además de tener en cuenta el fomento de la diversidad y promoción de la cultura de las películas, primarán las producciones cuyo objetivo sea lograr una importante difusión y el éxito comercial, habida cuenta de que ya existen otro tipo de ayudas a proyecto con las que se pretende fomentar los nuevos talentos que puedan surgir en el panorama cinematográfico español.

Cambio de modelo iniciado con los resultados de la ‘Comisión Mixta’

El cambio de modelo de financiación del cine que se completa hoy se inició sobre el consenso con el sector, en el marco de la Comisión Mixta del Cine y el Audiovisual, cuyo primer resultado han sido las modificaciones introducidas con la Ley 27/20014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, por el que además de bajar en 2 puntos porcentuales este impuesto, se incrementó el porcentaje de deducción por inversión en producciones cinematográficas y series audiovisuales al 20% para el primer millón de euros. Se creó también un incentivo para rodajes extranjeros en España.

Ampliación del deber de información sobre la calificación de películas

El Real Decreto Ley también amplía la obligación de informar sobre la calificación que corresponde a las obras para las empresas que presten servicios de vídeo bajo demanda y a los titulares de sitios web que ofrecen listados ordenados y clasificados de enlaces a otras web o servidores donde se alojen las obras cinematográficas o audiovisuales.