En relación a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea respecto a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo sobre el Real Decreto 1657/2012, el Ministerio señala:
– Cuando se aprobó el Real Decreto-ley de compensación por copia privada, ya se indicó que se trataba de un sistema transitorio hasta tener una directriz clara por parte de la Unión Europea.
– Con ese sistema se regularizaba una situación de inseguridad jurídica, desencadenada a raíz de la sentencia ‘Padawan’ de 2010, que declaraba fuera de la legalidad el sistema de canon digital (por el que se cobraban tasas indiscriminadas por cada aparato o soporte reproductor). El Gobierno anterior no quiso acometer la reforma, que se le requirió incluso por moción aprobada en Cortes, generando incertidumbre tanto en los ciudadanos como en la industria cultural.
– La sentencia emitida hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la UE responde a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo en el procedimiento en el que enjuiciaba la legalidad del Real Decreto 1657/2012, de 7 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Corresponde ahora al Tribunal Supremo dictar sentencia.
– El Gobierno en funciones espera este pronunciamiento del Tribunal Supremo para determinar los efectos de la interpretación del Derecho comunitario que realiza el TJUE tienen sobre el ordenamiento interno y adoptar las medidas que, en su caso, resulten necesarias.
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