El ministro ha afirmado que si algo une a los españoles son «la tortilla de patatas, las croquetas, la ensaladilla rusa y las patatas bravas». Para el ministro, “la tapa es algo muy español, que ha dado incluso lugar a un verbo, tapear”; y ha añadido que “es un acto que permite compartir y mientras uno se alimenta, estar hablando de la comida».
El Ministerio ha decidido iniciar los trámites para declarar las tapas Patrimonio Cultural Inmaterial. Posteriormente se solicitará a la UNESCO su inclusión dentro del Patrimonio de la Humanidad.
«De las muchas cosas buenas que tiene España la tapa es una de ellas. La idea de preservar la tapa como un valor propio, uno de los signos distintivos de la marca España, es algo en lo que estamos todos los españoles de acuerdo, por eso hemos decidido impulsar la tapa como Patrimonio Inmaterial Español. Después de terminado este proceso, pensamos elevarlo también a la UNESCO para que se considere Patrimonio de la Humanidad.”
El ministro ha destacado el «sentido lúdico» de las tapas, un elemento que «atesoran» los ciudadanos como «patrimonio cultural español» y que pone de relieve «una manera especial de comer compartiendo».
Propuesta de Patrimonio Inmaterial
Esta propuesta parte de la iniciativa que la Real Academia de la Gastronomía trasladó hace unos meses al ministro Íñigo Méndez de Vigo, al considerar la tapa una seña de identidad de España que ha trascendido nuestras fronteras, siendo una embajadora destacada de la Gastronomía española y de la Marca España.
El procedimiento que se seguirá se fundamenta en la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, por la cual la Administración General del Estado tiene competencias para declarar un bien Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial. Esta declaración es la máxima categoría de protección que le puede otorgar el Estado a este tipo de patrimonio.
El procedimiento
El procedimiento para llevar a cabo esta declaración está regulado en el artículo 12 de la Ley 10/2015, de 26 de mayo y se inicia con la elaboración de un informe por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte dirigido al Consejo del Patrimonio Histórico. A partir de ahí se abre un periodo de información pública y, seguidamente, de trámite de audiencia a las comunidades portadoras del bien, a los titulares de derechos reales sobre los bienes muebles e inmuebles asociados a la manifestación representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, y a las Administraciones autonómicas y locales del territorio en el que la manifestación tiene lugar. El procedimiento culmina con la aprobación de la declaración por Real Decreto del Consejo de Ministros.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de doce meses.
La declaración de las manifestaciones representativas del Patrimonio Cultural Inmaterial generará la obligación de inscripción de éstas en el Inventario General de Patrimonio Cultural Inmaterial.
Actualmente se encuentran en curso tres expedientes de declaración como manifestaciones representativas del Patrimonio Cultural Inmaterial: la Trashumancia, la Semana Santa y el Carnaval.
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