Se trata de un conjunto de edificios proyectado por el arquitecto Críspulo Moro Cabeza en el año 1928 y construido entre los años 1929 y 1930 que constituye un ejemplo tardío pero significativo del estilo neomudéjar, desarrollado en el periodo de la Restauración Borbónica Y caracterizado por el uso del ladrillo, un material de gran tradición en la construcción española.
La directora general de Patrimonio Cultural, Paloma Sobrini, ha subrayado hoy que “este Noviciado, por su escala, tipología y características arquitectónicas y en especial por el cuidadoso trabajo en ladrillo de sus fachadas, posee una singularidad fuera de duda y reúne los valores y significación indicados en la Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid para ser declarado BIP”. El complejo incluía una portería con vivienda para sacerdote y el edificio principal donde se encuentran el resto de dependencias.
OBJETO DE DIFERENTES REFORMAS
El noviciado se inauguró parcialmente en septiembre de 1929 y la iglesia a finales de 1930. Las primeras novicias realizaron sus votos en 1930 y se consagraron en 1933. Durante la Guerra Civil, el edificio fue ocupado y la iglesia sufrió importantes daños, siendo reparada y reinaugurada en 1943. Desde entonces, el edificio ha sido objeto de diferentes reformas.
Asimismo, el uso del inmueble ha ido evolucionando. En las últimas décadas, con la disminución de vocaciones religiosas, perdió el carácter de noviciado, pero continuó albergando actividades relacionadas con la vida espiritual, como casa de ejercicios y residencia.
SITUACIÓN ACTUAL
El Noviciado de las Damas Apostólicas del Sagrado Corazón presenta un mal estado de conservación, con los espacios interiores y huecos de fachada muy alterados así como zonas demolidas en fecha reciente que afectan aproximadamente al 30 por ciento de las fachadas.
El objeto de la declaración de BIP es preservar y conservar la envolvente arquitectónica del edificio principal en sus fachadas exteriores y patios, así como la envolvente y algunos elementos interiores del pabellón de acceso.
PARTES QUE SE INCORPORAN A LA DECLARACIÓN
A efectos de la declaración de BIP se consideran partes del inmueble todos los elementos arquitectónicos originales de los edificios inaugurados en 1929-1930. Ello incluye la envolvente arquitectónica completa de los edificios, el fragmento de valla original al Paseo de la Habana y los elementos de interés como solados, cerrajería y carpintería del pabellón de portería.
Finalmente, se consideran usos compatibles los que permitan la utilización de los inmuebles sin poner en peligro los valores reconocidos en la declaración o crear afecciones negativas. El uso inicial religioso, al haber desaparecido los espacios propios de esta actividad como la capilla y el oratorio, puede ser sustituido por otra modalidad de uso residencial, individual o colectivo.
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