En la toma de posesión de la nueva directora general del Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales (ICAA), Beatriz Navas, el ministro de Cultura y Deporte, José Guirao ha informado que mañana se publicará en el Boletín Oficial del Estado la Orden Ministerial por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la Ley del Cine, que sustituye la vigente Orden de 2015.
Esta nueva regulación, que entrará en vigor al día siguiente a su publicación, ha sido consensuada con los agentes del sector y recoge la gran mayoría de sus demandas.
Esta nueva norma introduce mejoras y novedades en la mayoría de las ayudas, con la intención de crear un sistema de ayudas más armonizado y adaptado a las necesidades que van surgiendo en los diversos ámbitos de la creación, producción, distribución y promoción del sector cinematográfico y audiovisual.
Principales novedades
Las líneas de ayudas a la producción que regula esta Orden ministerial, y que se convocarán próximamente conforme a esta nueva norma son:
A) Ayudas generales a la producción de largometrajes sobre proyecto, destinadas a producciones que poseen un carácter más comercial e industrial, con presupuestos más elevados (superiores a 1,3 millones de euros).
Entre las novedades más destacadas que presenta figura que:
– Se fomenta la producción de largometrajes de carácter documental y de las coproducciones internacionales con países iberoamericanos, bajando para estos dos casos el coste mínimo de película exigido para acceder a las ayudas. Así, pasa de 400.000 a 300.000 € en el caso de los documentales y de 700.000 a 300.000 € en el de las coproducciones con Iberoamérica.
– Se suavizan ciertos requisitos relativos a la financiación garantizada que debe tener el proyecto para obtener ayuda.
– Se flexibiliza el requisito del estreno del largometraje en salas de exhibición, permitiendo que no deba ser necesariamente simultáneo. También se reduce el número de salas exigidas para el caso de largometrajes con versión original en lenguas cooficiales distintas del castellano (de 20 se pasa a 12 y tan sólo se precisará que 6 exhiban en versión original), o de largometrajes de carácter documental (ahora se deberá ser un mínimo de 5 salas), para facilitarles el acceso a estas ayudas.
– Se aclara y sistematiza la figura del productor-gestor, así como la valoración de la solvencia de la empresa solicitante de la ayuda, tanto si se trata de una empresa productora, de un productor-gestor o de una agrupación de interés económico.
– Se aumenta la puntuación mínima exigida para el acceso a las ayudas (pasa de 35 a 50), pero se incrementa la cantidad de ayuda a percibir en función de lo solicitado, permitiendo que como mínimo se pueda acceder al 75% de la ayuda solicitada.
– Se fomenta la presencia de mujeres en la producción cinematográfica, al aumentar el número de puntos la participación femenina en la misma (de 4 pasa a 7).
– Se incrementa la puntuación otorgada a los proyectos de animación en una clara apuesta por este sector (de 1 pasa a 3).
B) Ayudas selectivas a la producción de largometrajes sobre proyecto, destinadas a proyectos con un especial valor cinematográfico cultural o social, a proyectos de carácter documental (que poseen una reserva específica de la dotación total de la línea de entre el 15 y el 25%), a proyectos de carácter experimental y a proyectos que incorporen a nuevos realizadores. El presupuesto máximo de estos proyectos debe ser de 1,8 millones €.
Las principales novedades que se introducen en relación a esta línea son:
– Se incrementa la dotación que debe reservarse a la misma, que se concreta en un 10% de la dotación que se destine en cada ejercicio al “Fondo de Protección de la Cinematografía”.
– Se crea una línea específica para proyectos de carácter experimental, con una regulación propia, previéndose la posibilidad de reservar a la misma hasta el 10% de la dotación destinada cada año a las ayudas selectivas.
– Se facilita el acceso a las ayudas de los proyectos de animación, incrementando el presupuesto máximo de los mismos (hasta 2,5 millones €).
– Se facilita, asimismo, el acceso a las ayudas de las coproducciones internacionales con participación española mayoritaria y director español de reconocido prestigio, para las cuales se elimina el límite de tener un presupuesto máximo.
– Igual que en las ayudas generales, se incrementa la puntuación otorgada a los proyectos por la participación femenina y se incrementa la puntuación otorgada a los proyectos de animación.
C) Ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y Ayudas a la producción de cortometrajes realizados:
La regulación de estas ayudas no experimenta cambios reseñables. La cuantía de estas ayudas no puede superar el 75% del coste reconocido por el ICAA al proyecto o al cortometraje, respectivamente. Además, estas ayudas son compatibles entre sí, pero la suma de ambas no puede superar el límite máximo de 70.000 € por cortometraje.
Sí cabe destacar que en estas ayudas se fomenta también la presencia de la mujer en la producción, puntuando más tener a una mujer al frente de la dirección o el guion, y las jefaturas de equipo. También se introduce puntuación por la presencia en un amplio listado de festivales del cortometraje.
D) Ayudas para la amortización de largometrajes: destinas a amortizar los costes de producción de largometrajes producidos y estrenados dos años antes.
En 2018 serán convocadas por última vez , poniéndose con ello fin al período transitorio de 3 años previsto para la implantación definitiva del nuevo modelo de ayudas establecido en el RD Ley 6/2015. En estas ayudas, no se han introducido novedades en la nueva Orden.
E) Ayudas a la distribución: se incluye como gasto subvencionable las medidas adoptadas contra la piratería, como: sistemas de prevención y protección contra accesos y descargas ilegales o no autorizados, seguimiento y vigilancia en redes sociales, etc.