La Comunidad de Madrid ha declarado Bien de Interés Cultural (BIC) el cuadro San Francisco atribuido al pintor extremeño Francisco de Zurbarán en su última etapa, y propiedad de una colección particular.

Se trata de un óleo sobre lienzo de gran calidad, en la que destaca el modelado, el juego de plegados, el volumen y el naturalismo de San Francisco de Asís, además de un uso de la luz y un sobrio cromatismo de tonos ocres, muy característico del pintor barroco.

En cuanto a la iconografía, San Francisco aparece en solitario, delante de un paisaje y arrodillado ante un libro y una calavera, algunos de los atributos característicos de santo. La figura aparece en actitud de oración, con una mirada cargada de espiritualidad.

Con la obra, Zurbarán muestra su talento artístico para representar la religiosidad y la mística, esencial en el arte español del siglo XVII. La temática está escasamente representada en las colecciones públicas españolas, a excepción del cuadro homólogo en el Museo Nacional de Arte de Cataluña.

El cuadro mide 118 x 114 centímetros y su historiografía se remonta a 1964, cuando César Pemán, después de conocer la fotografía facilitada por el Archivo Mas de Barcelona, la consideró autógrafa y trazó su procedencia hasta finales del siglo XVII, cuando fue propiedad de Francisco Ramírez de la Piscina.

Por su calidad fue seleccionada para una muestra dedicada al pintor extremeño en Ferrara, entre 2013 y 2014. Entonces pudo ser estudiada por investigadores como Odile Delenda, quien consideró de nuevo el cuadro como autógrafo.

Por ello, y considerando la importancia de Zurbarán en el panorama de la pintura barroca española, así como la significación de la obra en el conjunto de su producción, el Gobierno de la Comunidad de Madrid la ha declarado Bien de Interés Cultural (BIC) al reunir los valores artísticos que la hacen merecedora de tal protección.

La protección de bienes a través de su declaración como BIC o Bien de Interés Patrimonial (BIP) supone que cualquier actuación que se pretenda llevar a cabo sobre ellos deberá ser autorizada previamente por la Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno regional, además de ajustarse a lo dispuesto en el texto de la declaración que, entre otros aspectos, regula los criterios básicos que deben respetar las intervenciones.