El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Cultura y Deporte, ha aprobado el anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Esta norma permite la adecuación a las competencias del Estado en materia de patrimonio cultural, en relación con la Constitución y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, adaptándola a las exigencias y los desafíos del siglo XXI.
Entre los principales objetivos del anteproyecto de ley están:
Actualizar y mejorar la propia definición de Patrimonio Histórico Español.
Garantizar la conservación del Patrimonio Histórico Español y su conocimiento.
Precisar las condiciones para la exportación de bienes culturales con relación al Reglamento (CE 116/2009), del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la exportación de bienes culturales.
Garantizar el ejercicio de la competencia constitucional del Estado en la defensa del Patrimonio Histórico contra la expoliación.
Actualizar y mejorar la eficacia del régimen de la categoría de Bien de Interés Cultural.
Reconocer el concepto de patrimonio inmaterial, diferenciado del patrimonio etnográfico, enriqueciendo y ampliando igualmente la noción de patrimonio cultural inmaterial.
Actualizar el régimen de infracciones y sanciones.
Disponer de una norma que resulte operativa para la adecuada protección y difusión del Patrimonio Histórico Español.
Modificación de la Ley del Patrimonio Histórico Español
Las principales novedades que incluye la norma en relación con las modificaciones de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español son:
Una nueva definición de Patrimonio Histórico Español, añadiendo nuevos tipos de patrimonio como son el Patrimonio Industrial, Cinematográfico y Audiovisual y la individualización de la categoría de Paisajes Culturales.
La modificación del régimen de los Bienes de Interés Cultural.
Se amplía la protección del Patrimonio Arqueológico y Subacuático, donde se contempla la supervisión por parte del Ministerio de Cultura y Deporte en caso de extracción del medio marino de un bien cultural perteneciente al Patrimonio Histórico subacuático.
Se modifica el régimen de Patrimonio Bibliográfico.
Cambian los términos administrativos de la exportación y la oferta de venta irrevocable, así como de la adquisición de bienes muebles por el sector público.
Se establecen formalidades de protección estatales y municipales.
Nuevas medidas de fomento, infracciones administrativas y sanciones.
Modificación de la Ley para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial
Las principales novedades que incluye la norma en relación con las modificaciones de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial son:
La ampliación del concepto de patrimonio cultural inmaterial a nuevas aportaciones de carácter antropológico.
En relación con los bienes declarados Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, si se aprecia riesgo de expolio se informará a las Administraciones competentes para la adopción de las medidas necesarias para prevenir, combatir y sancionar el expolio.
Se amplía la documentación exigida para la tramitación del procedimiento de Declaración de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.