El Ministerio de Cultura y Deporte somete a audiencia pública el borrador del Real Decreto que regulará el Bono Cultural Joven
El Ministerio de Cultura y Deporte acaba de iniciar el trámite de audiencia e información pública del borrador del Real Decreto que regulará el Bono Cultural Joven. Así, hasta el próximo 15 de febrero, se recogerá la opinión de aquellos ciudadanos, instituciones u organizaciones que se puedan ver afectados por el proyecto o que muestren su interés (bonoculturaljoven@cultura.gob.es).
El texto, publicado desde el viernes 4 de febrero de 2022 en la página web del Ministerio de Cultura y Deporte. Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas reguladoras del bono cultural joven, regula el bono de 400 euros del que se podrán beneficiar los jóvenes que cumplan 18 años a lo largo de 2022 para la adquisición y el disfrute de productos, servicios y actividades culturales. El bono será válido durante los 12 meses siguientes a su concesión.
Se calcula que casi 500.000 jóvenes de toda España se pueden beneficiar de estas ayudas, recogidas en los Presupuestos Generales del Estado para 2022 con una partida de 210 millones de euros.
El Bono Cultural Joven tiene como primer objetivo facilitar el acceso universal y diversificado de los jóvenes a la cultura, afianzar hábitos y crear nuevos públicos. Pero también apoyar y dinamizar los diversos sectores culturales que han resultado muy castigados durante la pandemia.
A largo plazo, se trata de promover una fidelización que genere el hábito de consumo de productos culturales en las personas jóvenes de modo que, como personas adultas, integren la cultura como parte de su día a día.
En la elaboración del texto, el Ministerio de Cultura y Deporte ha seguido la experiencia de otros países como Francia o Italia, que también fijan la edad de sus beneficiarios en los 18 años, al considerar que la mayoría de edad implica, además de la asunción de unos deberes y derechos, la posibilidad de inaugurar una autonomía en lo que respecta a sus decisiones en muchos ámbitos, también en el ámbito cultural.
Oferta cultural variada. Se prevé que el bono subvencione artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, hasta un máximo de 200 euros por beneficiario.
Además, se recoge subvencionar productos culturales en soporte físico: libros; revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos, CD, DVD, o los conocidos como Blu-ray, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.
Por su parte, cada persona beneficiaria podrá destinar hasta 100 euros al consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales (conocidos como e-books), suscripción para descarga de archivos multimedia (los conocidos como podcasts), suscripciones a videojuegos en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas.
No será subvencionable la adquisición de productos de papelería; libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos y taurinos; moda y gastronomía.
El bono tampoco cubrirá la adquisición de productos que hayan sido calificados como X o pornográficos.
Entidades adheridas. El texto recoge que el Bono Cultural Joven será de uso exclusivo en establecimientos o instituciones adheridas al programa, que presten servicios en España y que, de forma profesional y habitual, ejerzan actividades de venta o puesta a disposición de productos, actividades y servicios culturales.
Los interesados en adquirir la condición de entidad adherida al Bono Cultural Joven deberán solicitar su adhesión en los términos y plazos que se establezcan en la correspondiente convocatoria.
Funcionamiento del programa. La gestión del programa se realizará a través de una plataforma tecnológica específica, en la que se presentarán las solicitudes, que se tramitarán por orden de presentación.
Una vez concedida la ayuda al beneficiario, se abonará el importe total concedido, en un único pago, en formato de tarjeta prepago virtual.
Excepcionalmente, se podrá emitir una tarjeta física, en caso de que el beneficiario no disponga de dispositivo móvil compatible para contener la mencionada tarjeta virtual, cuando así se solicite.
La futura norma también prevé que el Bono Cultural Joven sea compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras administraciones públicas.
El Ministerio de Cultura y Deporte tendrá en cuenta las aportaciones que se obtengan a través del proceso de audiencia e información pública para el redactado final del texto, que se prevé sea aprobado definitivamente como Real Decreto en Consejo de Ministros.
En los próximos meses, una vez aprobado el mencionado Real Decreto, se publicarán las convocatorias para la adhesión de las entidades que estén interesadas en sumarse al programa y para la solicitud de las ayudas por los jóvenes beneficiarios.